Acuerdo de intenciones entre el Instituto de Astrofísica de Canarias y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" para la realización conjunta de actividades de investigación científica y técnica

Fecha en vigor
-
Admite prórroga
Si
Sector
Parte/s firmante/s
Objeto del convenio

Tiene por objeto posibilitar la colaboración y la puesta en común de forma coordinada entre el IAC y el INTA de los medios personales, materiales y económicos de que dispongan para el desarrollo de actividades relacionadas con la investigación y desarrollo tecnológico, en el ámbito de la ciencia y la instrumentación científica avanzada.

Compromisos de las otras partes

Las actuaciones que podrán llevarse a cabo derivadas del presente acuerdo deberán enmarcarse bajo alguna de las siguientes líneas de trabajo:
a) Cooperación en proyectos específicamente individualizados o programas de investigación científica y desarrollo tecnológico (I+D), relacionados simultáneamente con los fines de ambas instituciones.
b) Creación o financiación de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación e infraestructuras científicas.
c) Financiación de proyectos científico-técnicos singulares.
d) Cooperación en la formación conjunta de personal científico y técnico.
e) Cooperación en programas de divulgación científica y tecnológica.
f) Uso compartido de inmuebles, instalaciones y medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación relacionadas simultáneamente con los fines de ambas instituciones.
g) Participación conjunta en convocatorias públicas o privadas relacionadas con la I+D.

Compromisos económicos otros
La formalización del presente acuerdo de intenciones no lleva aparejado gasto alguno. En su caso, en los convenios al amparo de este acuerdo, que regulen proyectos comunes se hará constar la colaboración económica del trabajo o investigación a desarrollar, así como la distribución de los gastos de cada una de las Partes. Cuando el proyecto común no requiera desembolsos por ninguna de las partes, cada una sufragara con recursos propios, los gastos que genere la realización del mismo, salvo regulación en contrarios en por los acuerdos específicos.
Estado
Ámbito geográfico