Convenio entre el Instituto de Astrofísica de Canarias y Light Bridges, S.L., para la construcción y operación del Two-meter Twin Telescope (TTT) en el Observatorio del Teide, Tenerife

Fecha en vigor
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Sector
Parte/s firmante/s
Objeto del convenio

Fijar los términos de la cooperación entre IAC y Light Bridges para la instalación, puesta en funcionamiento y explotación de una instalación telescópica especial en los OOCC, denominada Two-meter Twin Telescope (TTT)

Compromisos del IAC

- Autorizar a LIGHT BRIDGES a instalar y operar el TTT bajo los términos y condiciones expuestos en Convenio y el «Acuerdo de Cooperación en materia de Astrofísica y su Protocolo» del 26 de mayo de 1979. («BOE» núm. 161, de 6 de julio de 1979).

- Proporcionar la ayuda y asistencia razonables en relación a la importación a Canarias de los componentes del TTT, previa solicitud de LIGHT BRIDGES, corriendo LIGHT BRIDGES con los costes.

- Permitir a LIGHT BRIDGES conectar sus instalaciones a la red de comunicaciones, a la red de suministro de corriente eléctrica y proporcionar otros Servicios Comunes, que deberán ser retribuidos por LIGHT BRIDGES en las mismas condiciones que el resto de las instalaciones telescópicas de los OOCC

Compromisos de las otras partes

- Asumir coste de instalación y explotación de los telescopios TTT.

- Abonar los costes correspondientes de los gastos de Servicios Comunes del OT.

- Asignar al IAC el 25% de los Derechos de Tiempo de Observación en TTT.

Compromisos económicos del IAC
- Ninguna.

- El IAC deberá garantizar que la infraestructura y los Servicios Comunes en el OT se mantengan en un buen estado que asegure la correcta operación del TTT. El IAC obtendrá el 25% de los Derechos de Tiempo de Observación de las instalaciones telescópicas TTT en el OT
Compromisos económicos otros
- Asumir coste de instalación y explotación de los telescopios TTT.
- Obligaciones económicas derivadas del Tratado y del Convenio:
- 2.000 euros/año por la provisión de los Servicios Comunes.
- 30.000 euros/año por la contribución correspondiente a los gastos de la Secretaría del CCI, la publicación de su Informe Anual y los Servicios Comunes no diferenciados del OT.
- Durante el funcionamiento de TTT, financiar un proyecto conjunto de investigación con el límite de 50.000 euros/año o bien, a elección del IAC, aportar 5.000 euros/año por
cada una de sus instalaciones telescópicas en el Observatorio del Teide.
- Asignar al IAC el 25% de los Derechos de Tiempo de Observación en TTT